¿Qué es el gobernador regional?

El gobernador regional es el órgano ejecutivo del Gobierno Regional. Preside el Consejo Regional. Debe coordinarse con los demás órganos y servicios públicos. Le corresponde también la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependen o se relacionan con el Gobierno Regional. Además, debe asignar los recursos del o de los programas de inversión del Gobierno Regional, de los programas de inversión sectorial de asignación regional y aquellos que corresponda en virtud de transferencias de competencias que haga el Presidente de la República. Tiene entre sus funciones el formular políticas de desarrollo de la región, considerando las políticas y planes comunales respectivos y representar judicial y extrajudicialmente al gobierno regional, pudiendo ejecutar los actos y celebrar los contratos de su competencia o los que le encomiende el consejo.

DELEGADO PRESIDENCIAL

¿Y qué es el delegado presidencial regional? ¿Reemplaza al intendente?
Efectivamente, se acaba la figura de los intendentes y en su reemplazo, se crea el cargo de delegado presidencial regional, como representante del Presidente de la República en la Región. Así, el delegado presidencia regional ejerce el gobierno interior de cada región. Es el representante natural e inmediato del Presidente de la República en el territorio de su jurisdicción. Será nombrado por el jefe del Estado y se mantendrá en sus funciones mientras cuente con su confianza. ¿Qué funciones tendrá el delegado presidencial regional? Le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región, que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio, entre otras funciones establecidas en la Ley Orgánica Constitucional de Gobierno y Administración Regional. Además de velar porque en el territorio de su jurisdicción se respete la tranquilidad, orden público y resguardo de las personas y bienes y podrá requerir el auxilio de la fuerza pública en el territorio de su jurisdicción, en conformidad a la ley.